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El marco legal de los detectives privados

El marco legal de los detectives privados

Actualizado 24/09/2018 10:20

Al igual que ocurre con muchas otras profesiones, la de los detectives privados es también una actividad legalmente regulada en todos y cada uno de los aspectos que concurren en su ejercicio, aspectos que van desde la formación con que han de contar hasta los requisitos para la apertura de un despacho, pasando por las funciones que pueden ejercer, también las cuestiones que tienen prohibidas e incluso el régimen de sanciones aplicable a la comisión de infracciones de índole profesional.

Todos estos elementos se encuentran recogidos en la Ley 5/2014, de 4 de abril, de Seguridad Privada. En ella se define de forma genérica la actividad de los detectives privados como “la realización de las averiguaciones que resulten necesarias para la obtención y aportación, por cuenta de terceros legitimados, de información y pruebas sobre conductas o hechos privados (…).”

En cuanto a los requisitos formativos para poder ejercer la profesión, se estipula que habrá dos formas de obtener la condición de detective:

  • A través de la posesión de un título universitario de grado en el ámbito de la investigación privada
  • Mediante la superación de un curso de investigación privada reconocido por el Ministerio del Interior

Una parte importante de los programas de formación para detectives se basa en la adquisición de conocimientos del ámbito del Derecho en sus diversas modalidades, Criminología y Deontología Profesional.

Entre los requisitos de índole personal es destacable que se ha de carecer de antecedentes penales por delitos dolosos y que no pueden ser detectives quienes hayan sido condenados por cuestiones relativas a vulneración de intimidad, honor y secreto de las comunicaciones.

La habilitación profesional de los detectives privados se lleva a cabo por parte del Ministerio del Interior, que expide una licencia oficial de carácter personal conocida como TIP (Tarjeta de Identificación Profesional).

Está prohibido que un detective en Madrid así como en toda la geografía española, investigue delitos perseguibles de oficio, labor esta que es competencia exclusiva de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como que investigue la vida íntima de las personas que transcurra en domicilios y otros lugares de ámbito reservado.

Es destacable reseñar por último, que los detectives privados tenemos una especial obligación de cooperación con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado ya que estamos considerados como parte de la Seguridad Privada.

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