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Publicadas las subvenciones para la promoción comercial en la capital

Publicadas las subvenciones para la promoción comercial en la capital

Actualizado 28/05/2018 17:53

El Ayuntamiento ha establecido al efecto una partida de 30.000 euros y cada proyecto podrá recibir una cuantía máxima de 3.000.

El Boletín Oficial de la Provincia ha publicado las bases y primera convocatoria para las subvenciones de promoción comercial colectiva durante el año 2018 con una partida total de 30.000 euros con una ayuda máxima por proyecto de 3.000 euros. Todos ellos deben buscar la dinamización comercial con diferentes herramientas de promoción comercial. Las ayudas se deberán presentar durante el mes siguiente a la publicación en el Boletín y se podrán justificar hasta el 31 de enero de 2019.

Las subvenciones

Podrán ser objeto de subvención las siguientes actividades a realizar durante el año 2018 y destinadas al sector comercial del municipio de Soria:

  1. Proyectos de dinamización comercial colectiva tales como campañas comerciales de animación a la compra para fomentar las ventas, captar o fidelizar clientes y que redunden directamente en beneficio del comercio.
  2. Acciones de difusión de la oferta comercial que incluyan campañas de comunicación o publicidad y que redunden directamente en beneficio del comercio.
  3. Acciones de formación dirigidas al sector comercio que incidan principalmente en la mejora de la imagen, el uso de las nuevas tecnologías de la información y el trato al cliente.

Los proyectos, campañas y actividades para los que se solicita la ayuda deberán desarrollarse en el ámbito municipal de Soria.

  • El objeto es fomentar la actividad comercial de la ciudad sobre la base de contribuir y fomentar las actividades y campañas de promoción comercial colectiva y por lo tanto, la dinamización comercial en general en el Término Municipal.
  • Dirigidas a las asociaciones de comerciantes y otras entidades representativas de los intereses del sector.
  • Régimen de concurrencia competitiva
  • Criterios de valoración (ver base décima de las Bases Reguladoras)
  • La cuantía de la subvención será por cada actuación o proyecto subvencionable de un 60% del presupuesto aceptado o considerado como subvencionable.
  • El límite máximo de la subvención por proyecto o actuación será de 3.000 €.
  • No serán subvencionables proyectos o actuaciones con un presupuesto subvencionable inferior a 1.000 €
  • Bases Reguladoras y Convocatoria publicada en BOP de Soria

Solicitantes

  • Asociaciones o entidades legalmente constituidas representativas de los intereses de comerciantes sin ánimo de lucro.
  • En el caso de las asociaciones, federaciones o confederaciones de comerciantes deberán estar inscritas en el Registro de Asociaciones del Excmo. Ayuntamiento de Soria.
  • Las asociaciones o entidades de comerciantes deberán tener su sede o domicilio social y realizar sus actividades en el ámbito territorial del municipio de Soria.

(ver base tercera de las Bases Reguladoras)

Plazo y requisitos

Las ayudas pueden ser solicitadas hasta el 29 de junio en este enlace: http://www.soria.es/tramites/subvenciones-para-la-promocion-comercial-colectiva-durante-el-ano-2018

  • Los proyectos, campañas y actividades para los que se solicita la ayuda deberán desarrollarse en el ámbito municipal de Soria.
  • Estar al corriente de pago de sus obligaciones con el Ayuntamiento de Soria y no estar incursa en ninguna de las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones señaladas en el art. 13 de la Ley 38/2003 General de Subvenciones, así como encontrarse al corriente de las obligaciones de la Agencia Tributaria y frente a la Seguridad Social
  • Quedan excluidas las actividades y gastos siguientes:
  1. Actividades propias de las asociaciones o entidades
  2. Gastos corrientes de las entidades o asociaciones
  3. Adquisición de mobiliario, equipos y similares
  4. Gastos en hostelería y restauración
  5. Gastos de personal propio y de gerencia de las entidades beneficiarias
  6. Gastos de viajes y desplazamientos
  7. Actividades que reciban financiación de otros programas municipales o respecto de las cuáles se haya suscrito convenio de colaboración
  • Podrán solicitar subvenciones los beneficiarios previstos en las Bases Reguladoras, y exclusivamente aquellos proyectos o actividades que se hayan llevado a cabo o se vayan a realizar entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de diciembre de 2018.

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