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La inscripción para el sorteo de los huertos municipales, hasta el 26 de diciembre

La inscripción para el sorteo de los huertos municipales, hasta el 26 de diciembre

Actualizado 11/12/2018 11:37

Los interesados en la convocatoria, dirigida a jubilados, pensionistas y mayores de 50 años en situación de desempleo, podrán descargar la solicitud y consultar las bases en la web del Ayuntamiento o bien en el Servicio Atención Ciudadana del Ayuntamiento.

Las personas que estén interesadas en el sorteo de los huertos municipales ecológicos Fuente del Caño, ubicados entre La Barriada y el polígono, podrán formalizar sus inscripciones antes del 26 de diciembre. Las bases y formulario de inscripción se pueden consultar tanto en la página web municipal como de forma presencial en el Servicio de Atención al Ciudadano en el Ayuntamiento.

Este espacio urbano, con destino a la agricultura ecológica, cuenta con 80 parcelas de unos 50 metros cuadrados para esta actividad, emergente en muchas ciudades durante los últimos años, como forma de vida urbana sensible al medio ambiente y forma de relación social, de ocio y ocupacional y, como nexo de retomar actividades de los lugares de origen de personas de origen rural. Así se proporcionan espacios libres alternativos que permiten realizar actividades físicas y fomentar una alimentación saludable entre los ciudadanos.

El sorteo permitirá la concesión de autorizaciones de uso y la organización de una actividad lúdico-educativa dirigida a diferentes colectivos: jubilados y pensionistas, mayores en situación de desempleo e instituciones, entidades o asociaciones sin ánimo de lucro, que cumplan los requisitos establecidos. Los huertos vacantes (en su caso) se podrán poner a disposición del colectivo de vecinos que no se encuentren en ninguna de las situaciones anteriores, a través de convocatoria específica.

La participación en la adjudicación de los huertos urbanos ecológicos supone la aceptación de las bases, de forma que la autorización se concederá en precario, pudiendo ser revocada o modificada en cualquier momento por causas justificadas, derivadas de su incumplimiento, o por razones de fuerza mayor debidamente acreditadas sin que su titular tenga derecho a indemnización o compensación alguna en ninguno de los casos y, sin perjuicio de la incoación de los expedientes sancionadores a que hubiese lugar.

La parcela donde se ubican los huertos estará delimitada mediante vallado perimetral de 2 metros de altura, y dispondrá de varias puertas de acceso de doble uso, peatonal y de servicios, para facilitar las labores de mantenimiento. Cada parcela dispondrá de acometida de riego independiente y arcón para almacenamiento de herramientas y enseres (cada adjudicatario deberá custodiar sus llaves y devolverlas al Ayuntamiento tras finalizar el período de vigencia de la autorización). En la zona central de la parcela se dispondrá de elementos y equipamientos para proporcionar servicios de uso común y fomentar la convivencia de la comunidad de usuarios. Los huertos dispondrán de depósito común de abastecimiento de agua (el sistema de bombeo, regulación y las tuberías de distribución serán considerados elementos comunes, así como la acometida auxiliar a la red general de abastecimiento).

Usuarios

Podrán acceder a la autorización de uso de los huertos ecológicos municipales los sectores de población que se detallan a continuación, de acuerdo al siguiente reparto de parcelas:

Jubilados y pensionistas: 56 huertos

Mayores en situación de desempleo: 14 huertos

Instituciones, entidades o asociaciones sin ánimo de lucro: 10 huertos

Particulares (vecinos en general): huertos vacantes resultantes, en su caso, mediante convocatoria específica.

Los usuarios deberán sufragar los costes de funcionamiento y explotación de las instalaciones. A tal fin estarán obligados a la satisfacción de una cuota anual en concepto de mantenimiento general y garantía, por el importe necesario para sufragar los costes de funcionamiento y explotación de todos los elementos comunes de la instalación, que será fijada en su caso desde la entidad gestora. Inicialmente todos los concesionarios deberán hacer un primer pago de 110 euros por huerto para poder iniciar la actividad. La actividad agrícola podrá desarrollarse de lunes a domingo durante el período de duración de la autorización, en los siguientes horarios, evitando trabajos que generen ruidos a primera y última hora del día y teniendo especial cuidado en no causar molestias a los vecinos:

De 8.00 a 13:00 horas y de 17:00 a 21.00 horas, en período de primavera-verano (01/04 al 31/10);

De 10:00 a 14:00 horas, en período de otoño-invierno (01/11 al 31/03).

Estos horarios podrán ser modificados por la Concejalía de Medio Ambiente

Solicitudes

Los interesados deberán presentar su solicitud en el Registro General del Ayuntamiento de Soria, a través de modelo oficial (ANEXO I), o bien mediante cualquiera de las formas previstas en la Ley 30/1992 de Régimen jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, dirigiendo dicha solicitud a la Concejalía de Medio Ambiente. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes se expondrá al público la lista provisional de admitidos, pudiendo presentarse reclamaciones contra la misma por espacio de diez días naturales a contar desde el día siguiente a su exposición en el tablón de edictos. Finalizado dicho plazo y resueltas las reclamaciones se publicará la lista definitiva de admitidos al proceso de selección.

El sistema de adjudicación inicial de los huertos se realizará mediante sorteo público entre todas las solicitudes admitidas. Cada solicitante obtendrá un número de orden en los referidos sorteos. Una vez adjudicadas las parcelas previstas los participantes que no hayan sido adjudicatarios formarán parte de una lista de suplentes ordenada según el número obtenido en el sorteo. Las listas tendrán validez hasta el siguiente sorteo (máximo de 4 años). Los adjudicatarios deberán presentar en el Ayuntamiento la documentación requerida, así como el justificante de pago del canon correspondiente a la primera mensualidad (el canon mensual se establece en 6 euros mensuales en caso de jubilados, pensionistas y mayores en situación de desempleo, contando con exención de canon para el caso de colectivos sin ánimo de lucro, debiéndose proceder al ingreso de las sucesivas cuotas entre los días 1 y 7 de cada mes. El canon mensual establecido para vecinos en general (en caso de parcelas vacantes) será de 10 euros.

Se establece en 4 campañas improrrogables la duración de las autorizaciones, cuyo plazo comenzaría a computar a partir del día siguiente a la suscripción del Acta de entrega a cada uno de los adjudicatarios.

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