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Luz verde al nuevo reglamento de administración electrónica de la Diputación

Luz verde al nuevo reglamento de administración electrónica de la Diputación

Actualizado 22/03/2019 12:42

Supone adecuar el funcionamiento de las instituciones a una nueva forma de relación con la ciudadanía y una nueva forma de organización interna que redunde en una mayor eficiencia, transparencia y participación.

La comisión de Régimen Interior, Personal y Patrimonio ha dictaminado hoy favorablemente el nuevo reglamento de administración electrónica de la Diputación Soria que trata de actualizar el anterior documento que ha quedado obsoleto con la aprobación de las nuevas normas y adaptar las determinaciones de esas normas a la realidad organizativa de la Diputación Provincial. La Institución cuenta con un reglamento de administración electrónica aprobado, que fue publicado íntegramente en el Boletín Oficial de la Provincia de Soria de 17 de febrero de 2012. Dicho reglamento trataba de adecuar los mandatos contenidos en la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, al funcionamiento de la Diputación Provincial.

Esta Ley 11/2007, fue derogada por La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Esta Ley, junto con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Sector Público, establece un nuevo marco jurídico para la Administración, a la que pretende transformar, de manera efectiva, en electrónica. Ello supone adecuar su funcionamiento a una nueva forma de relación con la ciudadanía y a una nueva forma de organización interna que redunde en una mayor eficiencia, transparencia y participación.

El nuevo reglamento dictaminado hoy tiene por objeto acomodar lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP), a las particularidades de funcionamiento de una Administración Local como la Diputación Provincial de Soria, especialmente en lo relativo a la determinación de los sistemas de identificación y firma; la determinación del régimen jurídico propio de la sede electrónica; el registro electrónico, las notificaciones, haciendo efectivo el derecho de los ciudadanos al acceso electrónico a los servicios públicos locales y a la adaptación del régimen de organización y funcionamiento de los distintos órganos de decisión internos.

Este reglamento será de aplicación a la Diputación de Soria y a las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de ésta, y a los ciudadanos en sus relaciones con esta administración.

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