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Presentado el anteproyecto de Ley de Ordenación y Gobierno del Territorio de Castilla y León

Presentado el anteproyecto de Ley de Ordenación y Gobierno del Territorio de Castilla y León

Actualizado 27/12/2012

Este anteproyecto fija el proceso para cerrar una definitiva y completa ordenación del territorio de Castilla y León, con la que deberán converger progresivamente los servicios públicos prestados por la Junta, para mejorar la eficiencia de los mismos, así como la calidad y el bienestar de los ciudadanos. Asimismo, regulará las asociaciones voluntarias de municipios con el objetivo básico de reforzar el municipalismo y lograr una mayor eficiencia de los servicios públicos que prestan las corporaciones locales.

El objeto del anteproyecto es regular los ámbitos geográficos para efectuar la ordenación territorial y planificar y programar en el territorio los servicios prestados por la administración de la comunidad autónoma, así como potenciar fórmulas de gobierno y administración local más eficientes, especialmente las de carácter asociativo voluntario.

La ordenación del territorio parte de la creación de las unidades básicas de ordenación y servicios en el territorio, que serán la referencia espacial y parámetro básico de la ordenación. Estas unidades básicas pueden ser rurales y urbanas.

Las unidades básicas de ordenación y servicios en el territorio rurales agruparán a los municipios menores de 20.000 habitantes, con continuidad geográfica, de acuerdo con las siguientes reglas: en función de su tamaño deberán tener como mínimo 5.000 habitantes y 30.000 como máximo; o bien en función de la densidad, cuando esta sea menor a 15 habitantes por kilómetro cuadrado y como mínimo agrupe a 5 municipios. Las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio urbanas se corresponden con los municipios de más de 20.000 habitantes.

El mapa de las unidades básicas de ordenación y servicios del territorio se elaborará siguiendo un procedimiento participativo en el que intervendrán las diputaciones provinciales, los municipios y los ciudadanos a través de un proceso de información pública. La aprobación definitiva del mapa se efectuará por Decreto de la Junta de Castilla y León.

Una vez elaborado el mapa, se delimitarán las áreas funcionales, que pueden ser estables, con carácter permanente, y dirigidas a impulsar una plantificación conjunta de los grandes municipios y su entorno o alfoz; o estratégicas con una fuerte vocación de dinamización del medio rural de la Comunidad, tendrán una duración determinada y se extinguirán una vez alcanzados los objetivos perseguidos.

Las unidades básicas de ordenación serán la base para la planificación, programación, gestión y prestación de los servicios autonómicos. Así, la normativa sectorial correspondiente deberá determinar el mínimo y el máximo de unidades que se tomarán como referencia para la prestación de cada servicio. El anteproyecto establece específicamente la escala para la prestación de determinados servicios en el medio rural: cada zona básica de salud deberá coincidir con una unidad básica de ordenación y servicios en el territorio; cada zona de acción social deberá coincidir, asimismo, con una unidad básica de ordenación y servicios; para la prestación de la educación secundaria obligatoria cada zona educativa deberá comprender como mínimo una unidad básica y un máximo de cinco y para salud pública cada demarcación deberá comprender un mínimo de dos unidades y un máximo de seis.

Para la prestación de los servicios autonómicos en el ámbito urbano se respetará la organización existente, manteniéndose las diferentes divisiones territoriales que prevé cada normativa sectorial. El anteproyecto establece un plazo máximo de tres años desde la elaboración del mapa para que la normativa sectorial se adecúe al mismo.

EFICIENCIA EN LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Para garantizar la eficiencia en la prestación de servicios se establecen mecanismos de colaboración y coordinación administrativa, con el objetivo de evitar duplicidades administrativas. Se crean así las Comisiones Provinciales de Coordinación de Políticas Públicas en el Territorio, con la finalidad de servir de órgano de estudio y colaboración entre las delegaciones territoriales de la Junta y las diputaciones provinciales. En estos órganos participarán también los municipios, y el Gobierno de la Nación, a través de la Subdelegación del Gobierno.

Con la finalidad de evitar duplicidades, el anteproyecto contempla que los entes locales de Castilla y León únicamente prestarán funciones, servicios o actividades para las que estén habilitados específicamente por una norma. El anteproyecto establece también la posibilidad de integrar en la red de centros residenciales de titularidad pública las residencias de personas mayores y los centros de personas con discapacidad de las corporaciones locales. Asimismo, se prevé que si una norma de la Comunidad transfiere o delegue nuevas competencias a las entidades locales esta deberá precisar la materia, competencia o función y, en su caso, la correspondiente financiación.

Se establecen también una serie de previsiones en relación con la administración electrónica y gobierno abierto, para avanzar en la transparencia, la participación y la colaboración de las entidades locales en relación con los ciudadanos.

La eficacia y la eficiencia en la prestación de los servicios de las corporaciones locales a los ciudadanos es otra de las finalidades que persigue el anteproyecto. Para ello se desarrolla la figura de las mancomunidades de interés general, que podrán constituirse por la asociación voluntaria de municipios y deberán coincidir sustancialmente con las unidades básicas de ordenación y servicios en el territorio. El anteproyecto establece, en defecto de previsión en los estatutos de las mancomunidades, unas reglas para la adopción de acuerdos. Estas mancomunidades, en ningún caso, supondrán la creación de nuevas estructuras administrativas, pues una de las finalidades del anteproyecto es mejorar la eficiencia en la utilización de los recursos públicos.

MANCOMUNIDADES

Las mancomunidades de interés general rurales se podrán formar por la asociación voluntaria de municipios de población igual o inferior a 20.000 habitantes, con continuidad geográfica, siempre y cuando se manifiesten favorablemente a la asociación la mayoría de los ayuntamientos que aglutinen más del 50% de la población de la unidad básica; o bien cuando sin reunir esa mayoría los ayuntamientos que se asocien aglutinen el 70% de la población de la unidad básica. Las mancomunidades de interés general rural tendrán una cartera de servicios común y homogénea de competencias y funciones, que se desarrollará reglamentariamente.

Las mancomunidades de interés general urbanas surgen de la asociación voluntaria entre los municipios con población superior a 20.000 habitantes con los de su entorno o alfoz. Podrán constituirse por todos o algunos de los municipios pertenecientes al área funcional estable. Las áreas funcionales estables están formadas por el municipio de más de 20.000 habitantes y los municipios colindantes inmediatos, y por los colindantes de estos últimos que estén a una distancia máxima de 15 kilómetros del municipio de mayor población. Cuando haya más de dos municipios con población superior a 20.000 habitantes que sean colindantes formarán parte de la misma área funcional estable.

Para la constitución de estas mancomunidades se requerirá siempre la voluntad del municipio de mayor población y un tercio de los municipios del área funcional estable, o bien los municipios que representen a un tercio de la población. Estas mancomunidades podrán incluir en sus estatutos las competencias y funciones que acuerden, y especialmente aquellas que se refieran al abastecimiento de agua, saneamiento y depuración de aguas residuales, al transporte público intermunicipal de viajeros y a la seguridad ciudadana, protección civil y extinción de incendios.

DIPUTACIONES PROVINCIALES

El anteproyecto se refiere también a las diputaciones provinciales, ampliando su ámbito competencial en relación con el apoyo que deben prestar a las mancomunidades de interés general rural, modernizando sus funciones y competencias, potenciando la coordinación y colaboración con la Junta de Castilla y León en el marco de las Comisiones Provinciales de Coordinación de Políticas Públicas en el Territorio.

Todo ello con la finalidad de mejorar la calidad y la prestación de los servicios al ciudadano. Se incluye una serie de previsiones relativas a la fusión de municipios para adaptar estos procesos a la existencia de las mancomunidades de interés general, reforzando así los mecanismos de fomento de las fusiones voluntarias de municipios, ya previstos en la legislación anterior.

La finalidad última del anteproyecto es establecer nuevos parámetros más adecuados de ordenación territorial, potenciando el desarrollo económico y social sostenible y equilibrado de las distintas zonas de la comunidad autónoma, así como poner a disposición de las entidades locales nuevos instrumentos de organización asociativos para conseguir unos servicios públicos más eficaces y eficientes, que redunden en una mejor prestación de servicios a los ciudadanos.

El anteproyecto es resultado de un proceso abierto y participativo, desarrollado a lo largo del último año y medio, impulsado por la Junta de Castilla y León a través de la Consejería de la Presidencia y en el que han participado las entidades locales y los agentes políticos y sociales de la Comunidad.

En la búsqueda de este acuerdo político y social se alcanzó un Acuerdo Básico entre la Junta de Castilla y León, el Partido Popular y el Partido Socialista en materia de ordenación servicios y gobierno del territorio, que constituye la base de la presente norma. Dicho acuerdo ha generado la firma de diferentes protocolos entre la Junta de Castilla y León, la Federación Regional de Municipios y Provincias, las diputaciones provinciales y los ayuntamientos de más de 20.000 habitantes de Castilla y León.

El consejero de la Presidencia y portavoz, José Antonio de Santiago-Juárez, indicó hoy que la Junta de Castilla y León pretende que la Cortes aprueben antes del verano, en el segundo periodo de sesiones, la ley de Ordenación, Servicios y Gobierno del Territorio, cuyo proyecto conoció hoy el Consejo de Gobierno. Además, el Ejecutivo pedirá al Grupo Parlamentario Popular que agilice su tramitación en el parlamento autonómico.

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